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Opinión sobre el Proyecto de RD que regula la dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte de enfermeros

El pasado día 5 de diciembre se difundió a través de las redes sociales el borrador de «Proyecto de Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte de los enfermeros», lo que ha causado verdadera sorpresa en el colectivo enfermero por los requisitos que se exigen para poder seguir desarrollando las actividades relacionadas con los medicamentos y productos sanitarios tal y como las llevamos a cabo hasta ahora.

Sin embargo, este texto no es nuevo. Ya en el año 2010 se conoció a través de SANIFAX otro borrador de proyecto similar que incorporaba absolutamente los mismos postulados que el conocido hace unos días.

Hemos de recordar que el Real Decreto futuro viene a desarrollar el mandato establecido por la Ley 29/2006 y su modificación a través de la Ley 28/2009. En ésta última a través de la modificación del artículo 77 de la primera se da entrada a los podólogos como profesionales sanitarios con capacidad prescriptora y, por ende, para emitir una receta. Sin embargo, esta misma modificación establece que las enfermeras sólo podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos previa «acreditación por el Ministerio de Sanidad».

La misma Ley 28/2009 modifica la Disposición Adicional Duodécima de la Ley 29/2006 dando entrada a los Colegios Profesionales de médicos y enfermeros en el proceso de acreditación.

Por lo tanto, el origen del conflicto hemos de buscarlo en las leyes antes mencionadas.

El Proyecto de Real Decreto establece que:

  • Las enfermeras, para poder indicar, usar o autorizar la dispensación hemos de estar acreditadas por el Ministerio, salvo que se haya obtenido el Título de Grado en enfermería o de Enfermera especialista con posterioridad a la entrada en vigor del RD.
  • La acreditación ha de solicitarse en el plazo de 5 años desde la entrada en vigor del RD.
  • Quienes acrediten haber desarrollado funciones de indicación, uso y autorización de dispensación por normativas autonómicas (Andalucía, Islas Baleares) durante, al menos, tres meses, podrán solicitar la acreditación sin realizar el curso exigido al resto.
  • La acreditación será resuelta por una comisión en la que estarán presentes el Consejo de Enfermería y el Consejo de Médicos.
  • Para que se informe favorablemente, se habrá de acreditar haber adquirido las competencias en materia de manejo de medicamentos a través de la realización de un curso de 6 créditos ECTS equivalentes a 150-180 horas para el ámbito de cuidados generales y otros 6 créditos ECTS equivalentes a 150-180 horas para el ámbito especializado.
  • Los cursos pueden ser desarrollados por las universidades, el Consejo General de Enfermería y otras entidades dedicadas al desarrollo continuado de las enfermeras (¿sindicatos?, ¿sociedades científicas?, ¿departamentos de salud?).
  • Se crea la Comisión de protocolos, guías de práctica clínica y asistencial, compuesta por miembros de los Ministerios de Sanidad y Educación, Consejo de Médicos y Consejo de Enfermería quienes tendrán la función de establecer los criterios para que los protocolos y guías que se desarrollen incorporen la posibilidad de que los enfermeros acreditados puedan autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica.
  • Esta comisión de protocolos también tendrá el cometido de establecer los listados de medicamentos y productos sanitarios que las enfermeras podrán indicar, usar y autorizar su dispensación. Por lo tanto, la Sociedad de Enfermería Madrileña de Atención Primaria (SEMAP), continúa rechazando el mecanismo elegido para que las enfermeras, en este caso comunitarias, continúen desarrollando su actividad asistencial tal y como lo venimos haciendo hasta ahora.

Los títulos que hasta ahora han otorgado la capacitación para el desarrollo de la profesión enfermera, diplomado o grado, así como los planes formativos de las diferentes especialidades, recogen una formación en farmacología de duración similar, si no superior, a otras profesiones a las que sí se les reconoce la capacidad de prescribir medicamentos sin necesidad de realizar acreditación alguna.

Las enfermeras comunitarias venimos desarrollando desde hace años nuestra actuación profesional tomando decisiones sobre el uso de múltiples medicamentos y/o productos sanitarios, tales como vacunas, cremas para el cuidado de la piel, analgésicos, absorbentes de orina, sondas, etc. … Conviene también tener en cuenta que muchos de los productos que las enfermeras estarían «acreditadas» para indicar, usar o autorizar la dispensación según este decreto son de libre adquisición en la actualidad por cualquier ciudadano en las oficinas de farmacia, al no estar sujetos a prescripción médica. Por esto consideramos un insulto a nuestra profesionalidad poner en duda ahora esta capacidad obligándonos a superar una formación de 150-180 horas, en el mejor de los casos, que acredite nuestra capacitación.

El proyecto de RD conocido estos días no establece qué pasará con aquéllas enfermeras que no soliciten la acreditación. ¿No podrán continuar ejerciendo la profesión para la que su título les habilita?, ¿Deberán dejar de administrar vacunas salvo que se lo haya indicado expresamente un médico, odontólogo o podólogo?, ¿Deben dejar de recomendar el uso de absorbentes para los pacientes con incontinencia? Para el cuidado de las úlceras crónicas, ¿será precisa la supervisión de un médico, odontólogo o podólogo para decidir si es necesario aplicar una crema enzimática o un apósito absorbente?

Desde la SEMAP, a través de la Federación de Asociaciones de Enfermería Comunitaria y Atención Primaria (FAECAP) trabajaremos para intentar que este despropósito no se desarrolle tal y como se recoge en el proyecto de real decreto.

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SEMAP contra el RD que regula la dispensación de medicamentos y productos por parte de enfermeras

En relación al RD que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos de uso humano por parte de las enfermeras, y después de que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad haya modificado el texto pactado con la Mesa de la Profesión enfermera, te informamos que SEMAP apoyará las acciones que considere necesarias para defender los intereses de nuestro colectivo respecto a esta situación.

Habrás recibido la Carta abierta a los profesionales que ha elaborado el Consejo General de Enfermería y el SATSE. En ella se resume lo ocurrido hasta ahora desde el punto de vista de la negociación del RD y se hace una interpretación de las posibles repercusiones en la práctica asistencial una vez se publique el RD.

En este sentido conviene recordar que, a fecha de hoy, el RD aún no ha sido publicado y que en él se regulan dos situaciones diferentes, que resumimos a continuación:

  • Indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos NO sujetos a prescripción médica y de productos sanitarios: Podremos realizarla de forma autónoma. Para ello debemos estar acreditados y tenemos que utilizar una orden de dispensación que incluya datos de identificación condición de acreditado.
  • Indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica: Este es el punto conflictivo y el que se ha modificado a última hora. No podemos realizarla de forma autónoma. Debemos estar acreditados, tenemos que utilizar una orden de dispensación que incluya datos de identificación, condición de acreditado y protocolo o guía en que se fundamenta. Además, el médico, como prescriptor reconocido, deberá establecer previamente el diagnóstico del paciente, establecer previamente la prescripción, determinar el protocolo o guía a seguir y hacer seguimiento sobre la adecuación al protocolo, seguridad del proceso y efectividad del tratamiento.

Respecto a esta segunda situación, la de medicamentos sujetos a prescripción médica, hay que tener en cuenta que, si finalmente se publica, hay dos requisitos, recogidos en el decreto, que retrasarán notablemente su aplicación a la práctica diaria de las enfermeras: el proceso de acreditación individual y el proceso de elaboración de guías «consensuadas».

Para SEMAP la aprobación de este RD supone una pérdida de oportunidad para consolidar y reconocer legalmente lo que en la práctica asistencial es una realidad desde hace mucho tiempo y así lo hemos manifestado, junto a FAECAP, en cuantas ocasiones ha sido pertinente.

Comunicado FAECAP RD 2015Comunicado FAECAP 2009

Descarga el borrador del RD:
PROYECTO DE REAL DECRETO /2010.

autonomia

Modelo de autonomía de la atención primaria

El proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para el año
2013 incluye el “Plan de Garantías de Sostenibilidad del Sistema Sanitario
Público”, en el que entre otras medidas se propone sacar a concurso la gestión
de 27 centros de salud. Desde la Consejería se “prefiere” que la gestión se
realice por profesionales constituidos en empresas o, en su defecto, por
cualquier empresa que licite en el concurso…

Descarga el posicionamiento:
Modelo de autonomía de la atención primaria.

carta

Carta al consejero sostenibilidad 2013

Sr. consejero:

Una vez reunido el Comité Profesional de Enfermería, y previa información de la reunión mantenida con los directores generales de Atención
Primaria y Hospitales, hemos decidido, por unanimidad, participar en el desarrollo de las líneas propuestas en el escrito que le enviamos y que se
priorizaron por parte del Doctor Burgueño en dicha reunión, para llevar a cabo a corto plazo…

Descarga el posicionamiento:
Carta al consejero sostenibilidad 2013.

comunicado

Comunicado de los oles y sociedades de AP sostenibilidad 2013

Ante la situación de bloqueo en que se encuentran las conversaciones entre la Consejería de Sanidad y los profesionales sanitarios, iniciadas tras el anuncio por parte de la Consejería de poner en marcha un plan privatizador en la sanidad madrileña que pretende introducir la gestión indirecta en los centros de atención primaria mediante sociedades de profesionales o empresas privadas, las sociedades científicas de…

Descarga el posicionamiento:
Comunicado de los oles y sociedades de AP sostenibilidad 2013.

comite

Propuestas para la mejora de la eficiencia del sistema sanitario de salud de la Comunidad de Madrid

Sr. Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid:
Queremos manifestarle nuestro rechazo al “Plan de Medidas de Garantía de la
Sostenibilidad del Sistema Sanitario Público de la Comunidad de Madrid”, agravado por la
aprobación que ha tenido lugar estos días pasados de la ley de acompañamiento a los
presupuestos (Ley 8/2012 de medidas fiscales y administrativas)…

Descarga el posicionamiento:
Propuestas para la mejora de la eficiencia del sistema sanitario de salud de la Comunidad de Madrid.

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Resumen de las actuaciones llevadas a cabo por Semap respecto al plan de sostenibilidad del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid

6-Marzo-2013. El Comité Profesional de enfermería está formado por todas las sociedades enfermeras con representación en Madrid, el SATSE y el CODEM. Este comité tuvo una reunión con los Directores Generales de Atención Primaria y Hospitales donde la Consejería propuso la creación de diversos grupos de trabajo para poner en marcha algunas de las medidas contenidas en el documento enviado el pasado mes de enero. Dado que no se obtuvo información sobre la intención de retirar el Plan de sostenibilidad, el Comité Profesional de Enfermería volvió a remitir una carta a la Consejería para reiterar la voluntad de colaborar en las líneas de trabajo propuestas, SIEMPRE QUE SE RETIRE EL PLAN PREVIAMENTE. De esta carta aún no se ha recibido ninguna respuesta.

Por otro lado, los miembros de la Comisión científico técnica que agrupa a todas las sociedades científicas de enfermería, médicas y farmacéuticos del ámbito de la atención primaria, junto con el Colegio de Enfermería y el de Médicos hemos difundido la semana pasada un nuevo comunicado en el que se reitera la oposición de todas las sociedades al plan privatizador y se insiste en la necesidad de avanzar en la autonomía de gestión sin dar cabida a iniciativas privadas, bien sea mediante empresas o por sociedades de profesionales.